viernes, 18 de marzo de 2011

Candidatos Populares, Todos Podemos


El 18 de marzo introduje ante el Consejo Supremo Electoral mi solicitud de inscripción como candidato popular a la Presidencia de la República.

En la Constitución Política de Nicaragua se establece el derecho de todos los ciudadanos y las ciudadanas nicaragüenses a elegir y ser elect@s.

No hay artículo de la Constitución Política de Nicaragua que establezca que para postularse a un cargo de elección popular el ciudadano y la ciudadana deban pertenecer a, y ser presentados por, un partido político. El artículo 55 establece el derecho, no la obligación, a organizar o a filiarse a partidos políticos.

Debido a que se ha interpretado que no es posible presentar candidaturas individuales, la ley electoral tiene inmensas lagunas en cuanto a reglamentar los requisitos y el procedimiento para la postulación de candidatos. Se limita a reglamentar las postulaciones presentadas por los partidos políticos.

De lo anterior resulta que los únicos requisitos para postularse individualmente a cualquier cargo de elección popular son los establecidos en la Constitución.


El calendario electoral 2011 fija el 6 de mayo del año 2011 como el día de presentación de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional y al Parlamento centroamericano.

Los ciudadanos y las ciudadanas nicaragüenses tenemos, entre el día 18 de marzo y el día 6 de mayo, 49 días para preparar y presentar nuestras candidaturas, sea en la lista de un partido o alianza, o de manera personal, individual. ¡Es nuestro derecho!

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